Primer Periodo Extraordinario del Segundo Receso del Primer Año
SESIÓN EXTRAORDINARIA | Junio 23, 2025
Sesiones anteriores  | 

20:22:43 Se levanta la sesión y se cita para la siguiente que tendrá lugar mañana martes 24 de junio de 2025, a las 11:00 horas, en modalidad semipresencial.
20:21:17 Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de Decreto por el que se adicionan dos incisos al artículo 113 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Pasa al Ejecutivo Federal, para sus efectos constitucionales.
20:21:02 La Secretaría instruye el cierre del sistema electrónico y la plataforma digital e informa que se emitieron 442 votos a favor.
20:13:18 La Secretaría instruye abrir el sistema electrónico y la plataforma digital, para proceder a la votación nominal del dictamen en lo general y en lo particular, en un solo acto.
20:13:07 La Presidencia instruye a la Secretaría abrir el sistema electrónico y la plataforma digital, para proceder a la votación nominal del dictamen en lo general y en lo particular, en un solo acto.
20:12:47 Suficientemente discutido en lo general y en lo particular.
20:12:37 La Secretaría consulta a la Asamblea en votación económica, si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general y en lo particular. Mayoría por la afirmativa.
20:12:26 Al no existir lista de oradores, la Presidencia instruye a la Secretaría a consultar a la Asamblea en votación económica, si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general y en lo particular.
20:11:52 El siguiente punto del Orden del día es la discusión del dictamen de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con proyecto de Decreto por el que se adicionan dos incisos al artículo 113 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.
20:11:21 Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de Decreto por el que se reforma el artículo 191 de la Ley del Seguro Social, en materia de seguro por desempleo. Pasa a la Cámara de Senadores, para sus efectos constitucionales.

Visitante No. web counter