Primer Período de Sesiones Ordinarias del Primer Año
SESIÓN ORDINARIA VESPERTINA | Noviembre 26, 2024
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20:15:24 Se levanta la sesión y se cita para la siguiente que tendrá lugar mañana miércoles 27 de noviembre de 2024, a las 12:00 horas, en modalidad semipresencial.
20:14:40 La Presidencia solicita a los presentes a ponerse de pie y en uso de la facultad que le confiere el artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y previa aprobación de la mayoría de las Honorables legislaturas de los estados y de la Ciudad de México, declara reformado y adicionado el artículo 21 de la Constitución Política, en materia de seguridad pública. Pasa a la Cámara de Senadores, para sus efectos constitucionales.
20:14:35 En consecuencia, del cómputo realizado, la Secretaría da fe de la recepción de 19 votos aprobatorios a la minuta con proyecto de Decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 21 de la Constitución Política, en materia de seguridad pública.
20:14:29 La Secretaría da cuenta de los votos aprobatorios, correspondientes a las legislaturas de los estados de Baja California, Campeche, Colima, Chiapas, Durango, México, Michoacán de Ocampo, Nayarit, Oaxaca, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz de Ignacio de la Llave, Zacatecas y de la Ciudad de México.
20:14:24 La Presidencia instruye a la Secretaría a realizar el cómputo correspondiente, a efecto de dar fe de la recepción de la mayoría de los votos aprobatorios de las legislaturas de los estados y de la Ciudad de México.
20:14:17 El siguiente punto del Orden del día es la declaratoria de reforma constitucional, materia de seguridad pública.
20:12:48 La Presidencia solicita a los presentes a ponerse de pie y en uso de la facultad que le confiere el artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y previa aprobación de la mayoría de las Honorables legislaturas de los estados y de la Ciudad de México, declara reformados y adicionados los artículos 3º, 4º y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de protección y cuidado animal. Se remite al Ejecutivo Federal, para sus efectos constitucionales.
20:11:51 En consecuencia, del cómputo realizado, la Secretaría da fe de la recepción de 19 votos aprobatorios a la minuta con proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 3º, 4º y 73 de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos en materia de protección y cuidado animal.
20:11:08 La Secretaría da cuenta de los votos aprobatorios, correspondientes a las legislaturas de los estados de Baja California, Campeche, Chiapas, Durango, Guerrero, Hidalgo, México, Michoacán de Ocampo, Nayarit, Oaxaca, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Veracruz de Ignacio de la Llave, Zacatecas y de la Ciudad de México.
20:10:49 La Presidencia instruye a la Secretaría a realizar el cómputo correspondiente, a efecto de dar fe de la recepción de la mayoría de los votos aprobatorios de las legislaturas de los estados y de la Ciudad de México.

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