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| 05:27:33 | Se concede el uso de la palabra al Dip. Jorge Eugenio Russo Salido (MC), para hablar en contra. |
| 05:22:11 | Se concede el uso de la tribuna al Dip. Benjamín Robles Montoya (PT), para hablar en pro. |
| 05:16:28 | Se concede el uso de la tribuna a la Dip. Dulce María Sauri Riancho (PRI), para hablar en contra. |
| 05:12:14 | Se concede el uso de la tribuna a la Dip. Rosalinda Domínguez Flores (MORENA), para hablar en pro. |
| 05:08:01 | Se concede el uso de la tribuna a la Dip. Gloria Romero León (PAN), para hablar en contra. |
| 05:07:15 | La Presidencia informa que se han registrado oradores para la discusión en lo general y en lo particular. |
| 05:06:37 | El siguiente punto del Orden del Día es la discusión del dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con Proyecto de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos. |
| 05:06:16 | Aprobado en lo general y particular por 293 votos el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de la ley del Impuesto al Valor Agregado, de la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios y del Código Fiscal de la Federación. Pasa al Senado de la República, para sus efectos constitucionales. |
| 05:05:33 | La Secretaría informa que se emitieron 290 votos a favor y 123 en contra. |
| 05:01:18 | La Secretaría instruye abrir el Sistema Electrónico para proceder a la votación nominal del artículo primero del decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta: los artículos 113-A, párrafo tercero, fracción III; y 113-C; del artículo segundo del decreto disposiciones transitorias de la Ley del Impuesto Sobre La Renta: la adición de una disposición transitoria; del artículo tercero del decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto al Valor Agregado: los artículos: 18-D, fracción IV, párrafo segundo y 18-H, artículo sexto de las disposiciones transitorias de la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios: la disposición segunda transitoria con las modificaciones aceptadas por la Asamblea. |