13:01:01 |
La Presidencia solicita a los presentes ponerse de pie y en uso de la facultad que le confiere el artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y previa aprobación de la mayoría de las Honorables legislaturas de los Estados y de la Ciudad de México, declara aprobada la interpretación auténtica del alcance del artículo Tercero Transitorio del "Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Guardia Nacional", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de marzo de 2019. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales. |
13:00:32 |
En consecuencia, del cómputo realizado, la Secretaría da fe de la recepción de 19 votos aprobatorios, correspondientes a los congresos de Baja California, Baja California Sur, Campeche, Colima, Chiapas, Durango, Estado de México, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán y de la Ciudad de México. |
12:59:53 |
La Presidencia instruye a la Secretaría, realizar el cómputo correspondiente, a efecto de dar fe de la recepción de la mayoría de votos aprobatorios de las legislaturas de los Estados. |
12:59:36 |
El siguiente punto del Orden del día es la declaratoria de reforma constitucional en relación con la interpretación auténtica del alcance del artículo Tercero Transitorio del "Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Guardia Nacional", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de marzo de 2019. |
12:59:21 |
Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen. |
12:59:16 |
2. Con proyecto de Decreto por el que se adiciona un párrafo tercero al artículo 10 del Código Nacional de Procedimientos Penales, en materia de perspectiva de género.
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12:59:06 |
Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.
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12:58:55 |
1. Con proyecto de Decreto por el que se deroga el artículo 158 del Código Civil Federal, en materia de igualdad de género.
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12:58:46 |
Se recibieron de la Cámara de Senadores, las siguientes minutas:
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12:58:33 |
Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
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